Diario Constitucional

Primera Sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que obligaría a empresa a soportar económicamente una factura ideológicamente falsa.

La gestión pendiente incide en causa civil, seguida ante el Vigésimo primero Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, actualmente en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación.

Por Redacción·24 de enero de 2020·1 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que obligaría a empresa a soportar económicamente una factura ideológicamente falsa.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la letra d), del artículo 5°, inciso primero de la Ley N° 19.983.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al requerimiento, específicamente a la expresión “material” que se contiene en la letra d) del inciso 1º del artículo 5° de la Ley N° 19.983.

La gestión pendiente incide en causa civil, seguida ante el Vigésimo primero Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, actualmente en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación, en los que la requirente ha apelado la sentencia de primera instancia que rechazó la impugnación deducida en contra de la gestión preparatoria de notificación de copias de facturas cedidas a otra empresa.

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