Segunda Sala.
Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringiría recurso de casación en la forma en juicios sobre alimentos.
La gestión pendiente incide en autos de familia, seguido ante el Juzgado de Familia de Talagante, en actual conocimiento de la Corte Suprema.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 67, N° 6, letra a) de la Ley N° 19.968.
El precepto impugnado establece, en síntesis, que procederá el recurso de casación en la forma, sólo en contra de las sentencias definitivas de primera instancia y de las interlocutorias de primera instancia que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación.
La gestión pendiente incide en autos de familia, seguido ante el Juzgado de Familia de Talagante, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, en los que la requirente ha apelado la sentencia del tribunal de primera instancia que condenó a demandado al pago de alimentos, al considerar que el monto fijado es insuficiente para las necesidades de su hijo.
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