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Moción.

Avanza proyecto de ley que busca permitir el endoso del billete de pasaje aéreo.

El objetivo principal del proyecto ingresado es modificar el Código Aeronáutico protegiendo al consumidor.

29 de enero de 2020

La moción busca igualar la posición entre pasajeros y quienes entregan el servicio de transporte, se pretende impedir los abusos que pudiesen ocurrir como consecuencia de la desregulación, permitiendo el endoso del pasaje aéreo.
El proyecto de ley señala que la celebración de un contrato de transporte aéreo da origen a una relación entre las partes en la que el transportador goza de una posición jurídica superior a la que pudiese alcanzar el pasajero. Reflejo de ello, es la capacidad que tiene una parte sobre la otra para modificar los términos excusándose en circunstancias ajenas a su voluntad, sin embargo, como ocurre en el caso de sobreventa de pasajes son situaciones que no sólo se deben prevenir sino además se debiese avanzar en la prohibición de este tipo de prácticas, que producto de la desregulación actual se llegan a ser incluso experiencias abusivas.
Otro punto abordado, dice relación con quien compra un billete de pasaje en una aerolínea y por diversas razones no puede viajar sería lógico que habiéndose hecho propietario del boleto pudiese entonces enajenarlo según estime conveniente, sin embargo hoy no está permitido porque ante la falta de norma expresa que lo habilite, esta práctica no se permite según lo establecen las empresas encargadas de prestar el servicio de transporte aéreo.
En la misma línea, la legislación chilena con ampara las costumbres adoptadas por las aerolíneas en desmedro de los pasajeros cuando ocurren situaciones de fuerza mayor, y que hoy pretendemos subsanar mediante la incorporación de elementos que permitan que el pasaje pueda ser endosado y gozado para quien decida el comprador según su voluntad o situaciones externas a su voluntad.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa señala que existen normas de protección al consumidor que protegen ligeramente el derecho del pasajero a ser reembolsado o indemnizado en cuanto se vea afectada la prestación comprometida, pero poco y nada garantiza el ejercicio pleno del derecho de dominio sobre los pasajes ya comprados y cuya especificación urge regular en el Código Aeronáutico, precepto que por excelencia debiese promover.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13197-15.

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