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Con voto en contra.

CS confirma sentencia que acogió amparo en favor de ciudadano boliviano con pena cumplida y con arraigo social en el país.

Corte de Iquique estimó que amparada cuenta con arraigo social en el país que no fue ponderado por la autoridad ministerial requerida.

2 de febrero de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique, que acogió amparo en favor de ciudadano bolivano en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que había emitido una orden de expulsión en su contra tras haber cumplido una condena por tráfico de drogas.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que la amparada hizo ingreso al país hace 25 años y que registra una condena cumplida por tráfico de drogas. A lo anterior, agrega la decisión de la Corte de Apelaciones de Iquique que el amparado mantiene contratos laborales desde su ingreso al país y que tiene una familia constituida por su pareja en una residencia conocida y cuatro hijos.

Agrega la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique que, en base a lo anteriormente expuesto, resulta arbitraria la decisión de la autoridad ministerial pues la fundamentación del decreto que ordenó su expulsión sólo se basa en su condena ya cumplida, no ponderando otros antecedentes como el arraigo social que la actora tiene en nuestro país.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Sr. Valderrama, quien estuvo por revocar el fallo de alzada y en su lugar rechazar la acción entablada por la actora, al considerar que la autoridad administrativa actuó en el marco de sus atribuciones y dentro de sus competencias, descartando cualquier arbitrariedad.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 41.029-2019Corte de Apelaciones de Iquique Rol N° 223-2019.

 

 

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