Segunda Sala.
Pretenden inaplicabilidad de norma de Ley de Pesca que atentaría en contra de la libertad de ejercer cualquier actividad económica e igualdad ante la ley.
La gestión pendiente incide en autos civiles, seguidos ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recursos de casación en la forma y apelación.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 3, letra c), párrafo tercero del DL N° 430, de 1992, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Los adjudicatarios de la subasta sólo podrán procesarla para consumo humano directo quedando prohibido su traspaso o venta antes de dicho proceso”.
La gestión pendiente incide en autos civiles, seguidos ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recursos de casación en la forma y apelación, en los que los requirentes son demandantes, pues se les prohibió traspasar los desechos resultantes del proceso extractivo a las industrias reductoras.
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