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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Presidente de ANEF Antofagasta contra GORE de Antofagasta por supuesta prohibición de manifestaciones sociales en la Región.

La Corte de Antofagasta indicó que, no es posible evidenciar la vulneración que alegó el recurrente.

18 de febrero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta y rechazó un recurso de protección deducido por el Presidente de la ANEF Antofagasta en contra del Gobierno Regional (GORE) de Antofagasta por la supuesta prohibición de las manifestaciones sociales en la Región.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Gobierno Regional de Antofagasta por la supuesta prohibición de las manifestaciones sociales, que se dedujo de una declaración realizada por el Intendente de la Región de Antofagasta, el día 31 de diciembre de 2019, como un nuevo curso de acción para enfrentar las movilizaciones sociales en la Región.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 12 y 13.

La Corte de Antofagasta indicó en su sentencia que, establecida que sea la existencia de la declaración pública formulada por el Intendente de la Región de Antofagasta en cuanto al nuevo curso de acción acordado en conjunto con el comité de Carabineros de la Región, deben precisarse los alcances de dicha declaración y si ella, en efecto, pudo vulnerar alguna de las garantías constitucionales invocadas en el recurso.

El fallo agregó que, del tenor de la declaración aludida analizada en la totalidad de sus partes, y el contexto en el cual se formulan no es posible evidenciar la vulneración que alegó el recurrente teniendo en vista que de la misma se desprendió que el Señor Intendente no realizó una prohibición de las movilizaciones sociales, sino que informó el nuevo curso de acción realizado en conjunto con Carabineros de Chile, en el sentido de la necesidad de contar las marchas de que se traten con autorización a efectos de poder conocer el circuito de movilización para efectos de poder disponer de medidas de seguridad al efecto. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 11020 -2020  y Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol N° 13-2020

 

 

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