Por unanimidad.
CS declaró inadmisible amparo en favor de general en retiro de carabineros contra el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago por impedirle desarrollar defensa imputado condenado a presidio perpetuo simple por malversación de fondos y otros delitos patrimo
Corte de Santiago señaló que hechos denunciados no se ajustan a los fines de la acción constitucional de amparo.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó amparo deducido por la defensoría penal pública en favor del general en retiro de carabineros Flavio Echeverría, en contra del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago a quien denuncia por impedirle ejercer debidamente la defensa del imputado y que habría ocasionado que el uniformado fuera condenado a la pena de presidio perpetuo simple, por el delito de malversación de caudales públicos y otros de corte patrimonial.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando que los antecedentes hechos valer no se desprende alguna afectación actual a la libertad personal o seguridad individual del amparado.
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