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Caso español: Una jugadora de golf profesional reclama a una compañía aérea una indemnización de más de 10.000 euros por no llegar a una competición.

María Palacios Siegenthaler asegura que estuvo en el aeropuerto entre cinco y seis horas sin recibir noticias.

26 de febrero de 2020

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo "Una jugadora de golf profesional reclama a una compañía aérea una indemnización de más de 10.000 euros por no llegar a una competición".
Se expone que tras participar en un torneo en Kenia, María Palacios Siegenthaler, jugadora de golf profesional, esperaba su vuelo de ‘Ethiopian Airlines’ para viajar a Madrid a otra competición.
El avión salió con retraso y tras unos minutos volvió a aterrizar debido a un fallo técnico.
A partir de ese momento empezó para María una espera de más de cinco horas sin noticias sobre su vuelo.
“No me decían nada”, explica. “No he tenido contacto con la aerolínea desde entonces, ni siquiera me enviaron un ‘mail’ de disculpa”.
Pasado este tiempo, embarcaron de nuevo rumbo a Madrid pero ya tarde para llegar a tiempo a la competición. “Una vez en Madrid tuvimos que pasar la aduana y recoger los palos para jugar, pero cuando llegamos no podíamos jugar ya. Si tienes un pequeño retraso el primer día…pero con lo que nos pasó a nosotros te descalifican”, explica.
El texto comenta que tras lo sucedido, María se puso en contacto con la compañía ‘Reclamación de vuelos’, ya que el hecho de no participar en el campeonato, aseguran, le costó no solo perder el prestigio que hubiera adquirido al ganarlo (el año pasado en esta misma prueba, celebrada en Cantabria, terminó tercera y este año en la prueba celebrada en Burgos, primera) sino la posibilidad de ganar el premio, que ascendía a 9.000 euros, y la oportunidad de conocer nuevas marcas que le patrocinasen.
Por todo ello, reclama una indemnización de 10.200 euros en concepto del premio que no pudo ganar –lucro cesante– y el importe de compensación por pasajero.

Leyes que protegen al pasajero

El texto indica que desde la plataforma especializada en reclamaciones de este tipo, explican que el viajero tiene derecho a una indemnización de hasta 600 euros más los gastos ocasionados.
En este sentido, explican que existen dos leyes que protegen al pasajero por motivo de cancelación, retraso u ‘overbooking’: el Reglamento 261/2004 de la Unión Europea que es aplicable a las aerolíneas de la Unión y a todos los vuelos con esta procedencia y el Convenio de Montreal que es aplicable a los demás.
Según la normativa comunitaria, en caso de que el pasajero sufra una cancelación o un retraso de más de tres horas, puede reclamar una indemnización de 250 a 600 euros, que varía en función de la distancia en vuelo hasta el destino final.
Si el vuelo es de menos de 1.500 kilómetros tendrá derecho a 250 euros de indemnización. Si la distancia es de 1.500 a 3.5000 kilómetros, 400 euros y en el caso de superar los 3.500 kilómetros, 400 euros si es un vuelo comunitario y 600 euros si es extracomunitario.
Por otro lado, se añade, el Convenio de Montreal, que rige los demás casos, no establece compensaciones automáticas, sino que es necesario probar el daño o perjuicio ocasionado en el vuelo. Desde la plataforma apuntan que “las compensaciones según este convenio son similares al Reglamento de la Unión Europea, ya que hay jurisprudencia al respecto”.
‘Reclamación de vuelos’ anima a pedir ayuda en este tipo de reclamaciones, ya que, asegura, el 95% de las personas que inician el proceso por su cuenta desisten por los trámites, la burocracia y las dificultades que la aerolínea suele poner para cobrar la compensación.

 

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