Daem.
CGR desestimó solicitud de reconsideración de dictamen que niega procedencia de asignación extraordinaria a funcionarios de departamentos de administración de educación municipal.
El ente contralor adujo que se trata de un beneficio de carácter excepcional, limitado únicamente a un determinado período de tiempo y circunscrito a un personal dentro del cual no están comprendidos los funcionarios de los DAEM.

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, la Municipalidad de Copiapó, por solicitando la reconsideración del dictamen N° 27.064, de 2018, de este origen, mediante el cual se concluyó, en síntesis, que no procede enterar la asignación extraordinaria prevista en la ley N° 20.924, a los funcionarios que se desempeñan en los departamentos de administración de educación municipal (DAEM) de la región de Atacama, en atención al carácter excepcional de la preceptiva que concede el emolumento de la especie, y a que tales funcionarios no se encuentran contemplados expresamente dentro del personal beneficiado con dicho estipendio.
Funda su solicitud el recurrente en la jurisprudencia administrativa que cita, de conformidad con la cual los municipios pueden convenir con el personal afecto al Código del Trabajo, beneficios similares a los que tienen derecho los funcionarios regidos por otros estatutos, aunque no se encuentren, expresamente, consagrados en ese código.
Al respecto, el ente contralor indicó que, en virtud del dictamen N° 8.164, de 2018, entre otros, se ha permitido a los municipios pactar con su personal sujeto al Código del Trabajo, beneficios similares a los que tienen derecho los servidores regidos por el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales -ley N° 18.883-, aunque no se encuentren, expresamente, consagrados en ese código, en la medida, por cierto, que se satisfagan las exigencias que el mismo pronunciamiento enuncia.
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