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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó con costas protección deducida por abogado diagnosticado con miastenia gravis contra aseguradora de salud por falta de cobertura de enfermedad omitida en declaración de enfermedades previas.

Recurrente estimó vulneradas las garantías contenidas en los numerales 1, 9 y 24 de la Carta Fundamental.

28 de febrero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección y condenó en constas a abogado que recurrió en contra de la Aseguradora Colmena Golden Cross S.A., por su negativa a otorgar cobertura a prestaciones producto de su cuadro de miastenia gravis que fue omitido en su declaración de salud.

La Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que el recurrente denuncia el proceder de la recurrida al sostener que vulnera sus derechos garantizados en los numerales 1, 9 y 24 de la Carta Fundamental, pidiendo a la Corte que ordene otorgar cobertura a la enfermedad respectiva. Para ello, señaló que no estaba seguro de su diagnóstico e indicó que existía la posibilidad de que fuese erróneo, razón por la cual decidió no incluirlo en su declaración inicial de salud al contratar dicho seguro complementario.

Al analizar lo referido por la entidad recurrida, concluyó la Corte de Santiago que de los datos o información reunidos en la causa fluye que el recurrente no incluyó en su declaración de salud el antecedente relativo a la enfermedad Miastenia Gravis, pese a que él mismo admite que le había sido diagnosticada hace 17 años atrás. Añade que tratándose de un abogado de experiencia, que debe suponerse conocedor de las consecuencias jurídicas de sus actos, no resulta creíble que haya seguido sin más una supuesta indicación de un ejecutivo de ventas, en orden a no incluir ese dato en su declaración. Menos puede aceptarse ello si se atiende al hecho que el paciente Muñoz Torres registra una atención ambulatoria de 07 de abril de 2017, donde se consigna el diagnóstico de Miastenia Gravis y una consulta ambulatoria de 12 de octubre de 2017. Por estas consideraciones la Corte de Santiago rechazó con costas, la acción de protección intentada.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 38.865-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 64.099-2019.

 

 

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