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Con un voto en contra.

CS revocó sentencia y acogió protección contra SENAME por término de «contrata» de recurrente.

La Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando que, la circunstancia de haber permanecido la recurrente en el cargo a contrata por más de 20 años, generó a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración.

8 de marzo de 2020

Con un voto en contra, la Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por una funcionaria en contra del Servicio Nacional de Menores por el término de su contrata.

En el escrito, se señaló haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio Nacional de Menores (SENAME) por la dictación de la Resolución Exenta Nº 3441, de fecha 22 de noviembre de 2018, la que puso término a su contrata como profesional en grado 11° de la Escala Única de Sueldos.

En su sentencia, la Corte de Santiago indicó en síntesis que, las garantías que la recurrente denunció como supuestamente vulneradas, del artículo 19 n°s 3 inciso 5, 16 y 24 no han sido conculcadas de manera alguna, ya que a su contrata se le puso término por razones fundadas, basadas precisamente en las numerosas licencias médicas de la actora, las que ya habían originado una condicionalidad anterior, por lo que rechazó el recurso de protección.

Sin embargo, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando en síntesis que, la circunstancia de haber permanecido la parte recurrente en el cargo a contrata por más de 20 años, generó a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración, de modo tal que su relación estatutaria sólo puede terminar por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución o por una calificación anual que así lo permita, supuestos fácticos que no concurren en la especie. Por ello, la decisión de no renovar la contrata de la actora, devino en una vulneración de las garantías constitucionales por ella invocadas.

La sentencia fue acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Pedro Pierry, quien fue del parecer de confirmar la sentencia apelada que rechazó el recurso de protección, teniendo para ello presente sus propias consideraciones.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 20119-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 4874-2019

 

 

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