Noticias

En fallo unánime.

CS acoge demanda y ordena pago de facturas a frigorífico de Osorno.

El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que acogió la demanda y rechazó la prescripción de la deuda.

19 de marzo de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda de cobro de pesos presentada por la empresa Frigorífico de Osorno S.A. en contra de Inversiones Sicilia S.A.

La sentencia sostiene que en la especie se ha deducido la acción ordinaria de cobro de una obligación de dar -o lo que se denomina cobro de pesos- cuya existencia se tuvo por acreditada con las facturas incorporadas al proceso, las que, por cierto, no fueron objetadas. Al efecto, tratándose de acciones ordinarias, el artículo 2515 Código Civil establece un plazo de cinco años. En el caso que se analiza, se advierte que la primera de las facturas invocadas sólo con el propósito de acreditar la existencia de la obligación, venció en el mes de marzo del año 2016 y la más reciente en el mes de abril del mismo año, fecha desde la que debe entenderse que resultan exigibles las obligaciones contenidas en ellas. Luego, la notificación de esta demanda se practicó el 17 de octubre de 2017, esto es, antes del transcurso del plazo de 5 años establecido en el referido precepto.

La resolución agrega que de este modo, la preceptiva que se denuncia vulnerada ha sido, en lo pertinente, correctamente acatada, lo que determina concluir que el recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada no podrá prosperar toda vez que adolece de manifiesta falta de fundamento.
Concluye que por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto en la petición principal de la presentación del abogado Gian Carlo Lorenzini Rojas, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia de dos de agosto de dos mil diecinueve.

 

Vea sentencia Rol N°26.013 2019

 

RELACIONADOS
*CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Comandante del Comando Logístico de la FACH por retener pago de facturas y poner término a contrato con recurrente…
*Presentan proyecto de ley que busca modificar la ley de pago de facturas a 30 días…

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *