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Moción.

Presentan proyecto de ley que busca ampliar la responsabilidad civil de los padres por hechos de los hijos menores de 18 años.

El objetivo principal del proyecto ingresado es reforzar la labor preventiva de los padres.

24 de marzo de 2020

La Moción busca modificar el artículo 2321 del Código Civil, a fin de eliminar la referencia a la mala educación o hábitos viciosos, ampliando las hipótesis de aplicación de dicha norma, con la idea de que los padres y tutores sean de manera más amplia responsables civilmente por los hechos punibles que cometan sus hijos.
Asimismo, se hace indispensable la labor de los padres y tutores que se encuentren al cuidado de estos niños, puesto que éstos son los que, de una manera más directa, precisa y menos invasiva, pueden ayudar a corregir conductas de estos adolescentes a fin de prevenir que cuando lleguen a la edad adulta, no comentan nuevamente estos hechos y no incurran en estas conductas.
A fin de incentivar esta función tan importante que tienen tanto los padres como los tutores respecto a los adolescentes, y hacerlos directamente más responsables de estas situaciones, es que se hace necesario ampliar los restrictivos requisitos que establece el código civil a fin de poder perseguir la responsabilidad civil de los padres respecto a los daños causados por ilícitos cometidos por sus hijos.
Los fundamentos de esta medida se justifican principalmente por tres vías: (i) la autoridad paterna, que implica la capacidad para controlar los actos de los hijos menores de edad, de manera que un defecto en la autoridad implica "culpa in vigilando" por parte de los padres; (ii) el hecho de que los padres deben educar a sus hijos inculcándoles valores tales como el "no dañar a otro", de manera que si el hijo causa culpablemente daños puede, cuando menos, presumirse que han incurrido en una "mala educación", "culpa in educando"; y (iii) la solidaridad familiar, que se traduce en un criterio económico: generalmente los padres están en mejor posición económica que los hijos para solventar la indemnización de perjuicios.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13317-07.

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