Diario Constitucional

Control de constitucionalidad.

TC declaró constitucional proyecto de ley que busca establecer régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales por el impacto del Covid-19.

El objetivo principal del proyecto ingresado es modificar los procesos, audiencias, actuaciones judiciales, plazos y ejercicio de acciones.

Por Redacción·01 de abril de 2020·3 min de lectura
TC declaró constitucional proyecto de ley que busca establecer régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales por el impacto del Covid-19.
Referencial

El Tribunal Constitucional declaró que el proyecto de ley que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile, correspondiente al boletín N° 13.343-07 es conforme con la Constitución Política.

El proyecto establece, en esencia en las afectaciones que está produciendo la pandemia en lo judicial, tal como la imposibilidad de los ciudadanos de realizar muchas actuaciones que les permitan ejercer sus derechos ante la autoridad judicial y, por otra, la severa disminución de las posibilidades de atender los requerimientos de las personas, por parte de los funcionarios de los Tribunales de Justicia. Ante ello, el sistema de justicia tiene el desafío de adaptarse a estas necesidades, que implican una importante reducción de la actividad judicial, sin que ello genere indefensión en las partes e intervinientes de los procesos judiciales, al no extinguirse sus posibilidades de realizar las actuaciones que les permitan ejercer sus derechos y, al mismo tiempo, dar continuidad al servicio judicial, para la recepción de todos los requerimientos urgentes, y adopción de todas las medidas que requieran intervención prioritaria de los tribunales, para efectos de la debida administración de justicia.

En específico, el proyecto busca establecer un régimen jurídico de excepción, para los procesos ante tribunales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de acciones que indica, en condiciones que resulte conciliable con el otorgamiento de seguridad para la salud de las personas que deben concurrir a tribunales a cumplir con actuaciones dispuestas y la certeza para el ejercicio de sus derechos, el que habrá de regir desde la entrada en vigencia de la ley, y hasta el cese del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública en el territorio de Chile, declarado por decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y el tiempo en que este sea prorrogado, si hubiere la necesidad.

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