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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de Ministerio Público por negativa a entregar copia de respaldo de información de clientes y programa contable contenido en computador incautado

El Tribunal de Alzada indicó que, la decisión adoptada por el recurrido no se consideró arbitraria, ya que se encuentra debidamente fundamentada.

14 de abril de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua y rechazó un recurso de protección deducido en contra del Ministerio Público por la negativa a entregar una copia de respaldo de la información de los clientes y el programa contable tributario contenido en un computador incautado.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Ministerio Público por la negativa de entregar una copia del respaldo de la información de clientes y el programa contable tributario contenido en el computador que fue incautado desde las oficinas de la empresa Asesorías Tributarias Ovalle, por la presentación de una querella en su contra por apropiación indebida, estafa y lavado de activos.

Los recurrentes estimaron vulnerada su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 16.

Por su parte, la Corte de Apelaciones de Rancagua indicó, en síntesis que, la negativa del Ministerio Público a entregar dicha información se basó en la reserva que se decretó de la investigación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modificó disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, el que señala: “que respecto del imputado, la investigación será secreta cuando así lo disponga el fiscal, por un plazo máximo de seis meses”.

El fallo agregó que, de acuerdo a lo anterior, teniendo en consideración que la reserva se decretó el 21 de junio de 2019, resultó que aún se encuentra la investigación bajo secreto, por ello, es que la decisión adoptada por el recurrido no se consideró arbitraria, ya que se encuentra debidamente fundamentada, más si se considera que el equipo aún está siendo periciado por la Policía de Investigaciones, de lo que es posible concluir que cualquier extracción de información del computador, puede provocar un efecto perjudicial en la investigación, ya sea retrasándola, modificando eventualmente el contenido de la misma o alertando respecto de antecedentes que puedan ser de relevancia investigativa penal. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.

El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 39133-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 20274 – 2019

 

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