Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección de habitante de Comunidad Ecológica contra Alcaldesa de Peñalolén por supuesta acusación de discriminación.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección deducida por un habitante de la Comunidad Ecológica de Peñalolén en contra de la Alcaldesa de Peñalolén por sus dichos en la Revista del Sábado del diario “El Mercurio” de fecha 8 de febrero de 2020 donde supuestamente acusaó a personas que interpusieron recursos judiciales de incurrir en conductas de discriminación social.
El recurrente estimo vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 4.
En su decisión la Corte de Apelaciones de Santiago indicó que, de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se coligió que la acción impetrada no reunió los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resultó ser la vía idónea, existiendo otras instancias jurisdiccionales para tal efecto.
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