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En fallo unánime.

Corte de Arica acoge protección y ordena eliminar comentarios de cuenta de Instagram.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada, tras establecer que las publicaciones atentan contra la vida privada y la honra del afectado.

21 de abril de 2020

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Arica acogió recurso de protección y ordenó a usuaria de la red social Instagram eliminar y abstenerse de realizar futuras publicaciones que involucren al recurrente.
La sentencia sostiene que de los antecedentes acompañados al presente recurso de protección, se constata que la recurrida realizó publicaciones en su perfil de la red social Instagram, de las cuales se puede deducir que le imputa al recurrente conductas que pueden ser constitutivas de delito, lo cual trajo como consecuencia amenazas de agresiones en la misma red social, en contra de (…), por parte de terceros, sin que exista constancia fidedigna de que tal publicación haya sido retirada de las redes sociales.
La resolución agrega que acorde a lo anteriormente explicitado, las imputaciones realizadas por la recurrida a través de la red social Instagram, constituyen una vulneración al honor y amenaza a la integridad física del recurrente, siendo las expresiones publicadas en relación a la conducta atribuida al actor deshonrosas, pudiendo afectar la consideración que terceras personas tengan o puedan formarse de él, por lo que resultan lesivas del derecho invocado, teniendo además presente, que en la misma se divulgó su imagen y su nombre, sin su consentimiento, todo lo cual configura un claro atentado a sus garantías constitucionales consagradas en el N°1 y N°4 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, razón por la cual el presente recurso deberá prosperar.
Por tanto, se resuelve que se acoge el recurso de protección deducido, en representación de (…), en contra de la menor de edad (…), representada legalmente por sus padres (…), debiendo la recurrida adoptar todas las medidas conducentes para eliminar de redes sociales toda publicación vertida en contra del recurrente, así como también, las expresiones incorporadas a las mismas y abstenerse en lo sucesivo de realizar nuevas publicaciones que hagan alusión a (…).

 

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