Sin indicios.
Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta desestimó denuncia por prácticas antisindicales de empresa contratista del rubro minero.
Denunciantes señalaron que se habría desvinculado a dirigentes sindicales a pocos meses de terminada una negociación colectiva.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta desestimó denuncia por vulneración de libertad sindical entablada por Sindicato de Empresa Movitec Establecimiento Faena Spence en contra de la empresa Movitec S.A., por lo que denuncia sería una seguidilla de despidos de sus trabajadores fundamentados en la causal del artículo 161 del Código del Trabajo pero que tendría como real motivo su vinculación a sindicatos que recientemente habían celebrado un contrato colectivo en el marco de negociaciones con la empresa.
La sentencia del Juzgado laboral señaló que, de los antecedentes que obran en la causa y ponderada la prueba rendida por la parte denunciante conforme a las reglas de la sana crítica, no se observan indicios de lesión a la libertad sindical. En efecto, su prueba documental rendida y la exhibición de documentos forzada sólo prueban -además de hechos no discutidos como la existencia de un convenio colectivo celebrado con fecha 04 de abril del año 2019- que el sindicato en su origen tuvo cerca de 300 socios, cantidad que mantiene hasta la fecha, existiendo variaciones por despidos más o menos masivos e incorporaciones, siendo el número máximo de socios activos cerca de 340 a la vez, sin que sea posible extraer otra conclusión de la escasa prueba que incorporó, pues, los oficios ningún otro indicios permiten tener por concurrente, desde que el de la Inspección del Trabajo sólo indica.
Luego, señaló en sus consideraciones el fallo laboral que la mayorías de las desvinculaciones han sucedido por vencimiento del plazo o renuncia del trabajador y, el de Minera Spence, por lo que la mayor parte de las desvinculaciones de trabajadores de la denunciada han sido por vencimiento del plazo convenido. Además, señaló que lo anterior se refuerza en base a la absolución de posiciones de parte de sus dirigentes gremiales donde reconocieron que el número de socios sindicalizados en la actualidad es similar al existente a la época de la formación del sindicato; que aproximadamente el 90% de los trabajadores son sindicalizados y en la misma proporción han resultado los despidos y, que no han tenido inconvenientes para el funcionamiento del sindicato, especialmente para realizar sus asambleas.
Te puede interesar

Tutela.
Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán rechazó tutela y acción subsidiaria de despido injustificado a profesor municipal sancionado con su destitución por faltas a la probidad.

Cuota sindical.
Juzgado de Letras del Trabajo de Talca desestimó denuncia de prácticas antisindicales a empresa que no descontó a 195 trabajadores las supuestas cuotas de afiliación al sindicato que estarían impagas tras proceso de negociación colectiva.

Tutela.
Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua desestimó tutela de educadora contra establecimiento educacional privado por no tomar medidas por el supuesto hostigamiento laboral que sufrió por su jefatura directa.

