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Tutela.

Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua desestimó tutela de educadora contra establecimiento educacional privado por no tomar medidas por el supuesto hostigamiento laboral que sufrió por su jefatura directa.

Sentencia señaló que no se reúnen los indicios necesarios para dar por acreditada la existencia de episodios de acoso laboral denunciados

Por Redacción·21 de abril de 2020·2 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua desestimó tutela de educadora contra establecimiento educacional privado por no tomar medidas por el supuesto hostigamiento laboral que sufrió por su jefatura directa.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua rechazó acción de tutela de derechos fundamentales deducida por educadora en contra de Corporación Privada La Cruz a quien denuncia por vulnerar su integridad psíquica y física por no haber tomado los resguardos necesarios para frenar episodios de acoso laboral que habría sufrido la actora por parte de su jefatura directa en dicho establecimiento educacional.

En su sentencia, el tribunal laboral señaló que no ha sido acreditado a través de la prueba rendida en autos indicio alguno de que maltrato del cual ha sido víctima la denunciante haya acontecido en forma reiterada, pues sólo se logró acreditar sospecha razonable de solo un hecho referente a un intercambio cruzado de gritos entre con su jefatura directa. Añade el fallo en comento que tampoco ha logrado acreditarse por ninguna de las pruebas rendidas en autos alguna sospecha razonable de haber sufrido maltrato en ocasiones anteriores a la fecha de la reunión referida.

Ponderada la prueba, indicó la decisión del tribunal laboral de Rancagua que i bien la testigo presentada refiere que la denunciante fue objeto de maltrato desde que se filtró que ésta declaró a su favor en proceso en contra de su supervisora, no da cuenta en forma concreta de la forma en que dicho maltrato probablemente se ha materializado, por lo que para el tribunal tal declaración no reúne la precisión suficiente para poder presumir que efectivamente ha ocurrido dicho maltrato. Por lo anterior, tampoco se da por acreditado tal hecho como indicio de hostigamientos.

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