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Nueva normativa.

CONADECUS recurre al Tribunal Constitucional con un «téngase presente» y solicita se declare constitucional el artículo 5º del proyecto de fraudes con tarjetas.

En su presentación señala que los fraudes bancarios son responsabilidad de los bancos en tanto corresponde a una infracción al deber de seguridad en los servicios que prestan a sus clientes.

4 de mayo de 2020

El Congreso aprobó el proyecto que traspasa a los emisores de tarjetas la responsabilidad en casos de fraude, sin embargo, antes de la promulgación y cuando el Tribunal Constitucional inició el trámite obligatorio de control de constitucionalidad del proyecto de ley sobre algunas normas propias de ley orgánica constitucional, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) se hizo parte en este proceso y solicitó se declare inconstitucional el artículo 5° del Proyecto, en particular de las frases “procederá a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos” (párrafo primero); “deberá proceder a la cancelación de los cargos o la restitución de los fondos” (párrafo segundo); “con dolo o culpa grave” (párrafos terceros, cuarto y quinto).
En ese contexto, CONADECUS compareció mediante un “téngase presente” ante el Tribunal Constitucional y solicitó que declare constitucional la nueva normativa del proyecto de ley que establece la obligación de reembolsar a los consumidores víctimas del fraude y que establece la responsabilidad que tienen los Bancos sobre los fraudes y clonaciones que ocurren con sus productos financieros.
En su presentación señala que los fraudes bancarios son responsabilidad de los bancos en tanto corresponde a una infracción al deber de seguridad en los servicios que prestan a sus clientes.
La causa quedó en acuerdo y se espera que el Pleno de la Magistratura Constitucional dicte sentencia en los próximos días.

Vea texto del proyecto de ley y expediente rol Nº 8640.

 

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