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España: Tribunal anula la expulsión del país de un maltratador para que pueda seguir visitando a su hijo discapacitado.

La Sala consideró que debe prevalecer el interés superior del niño que mantiene una estrecha relación con el padre.

Por Redacción·06 de mayo de 2020·3 min de lectura
España: Tribunal anula la expulsión del país de un maltratador para que pueda seguir visitando a su hijo discapacitado.
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, España, ha anulado la expulsión del país un hombre condenado por violencia intrafamiliar para que pueda seguir viendo a su hijo discapacitado, pues considera que ha de prevalecer el interés superior del niño, después de que la madre declarase que el hijo mantiene una estrecha relación con el padre.

La Sala ha acogido el recurso de un ciudadano marroquí con permiso de residencia permanente en España y ha anulado su expulsión acordada por la Subdelegación de Gobierno de Segovia tras ser condenado a cuatro años de prisión por maltratar a su expareja.

El Tribunal apela a la relación existente entre el hombre con su hijo, discapacitado, para concluir que, "la existencia de afectividad del hijo con el padre impide que procedamos a expulsar al padre del menor por la existencia de una sola condena penal, puesto que, siendo el menor español, es de directa aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 240/2007, sin que se pueda privar a este menor de la afectividad de su padre".

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