Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por estudiante de medicina contra Universidad por reprobación de su internado.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 3, 4, y 24.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por una estudiante de medicina en contra de la Universidad Pedro de Valdivia por la reprobación de su internado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Universidad Pedro de Valdivia, para que cese la omisión que supuestamente incurrió de no dar respuesta que explique su reprobación al internado de pediatría, lo que le impide rendir las evaluaciones finales correspondientes.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 3, 4, y 24.
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