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En fallo unánime.

Corte de Concepción dicta orden de no innovar y mantiene prohibición de ceremonias religiosas presenciales.

Vulnera la integridad física y psíquica y pone en peligro la vida de las personas sostiene el recurrente.

12 de mayo de 2020

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió a trámite un recurso de protección interpuesto en contra del seremi de Salud del Bío Bío, por un concejal de Chiguayante, para que se deje sin efecto la resolución que permite realizar actividades religiosas en medio de la pandemia del Covid-19, lo que el recurrente estima vulnera la integridad física y psíquica y pone en peligro la vida de las personas.
La acción constitucional busca que se revierta la medida de la autoridad sanitaria y se mantenga la prohibición de realizar actividades religiosas y, de ese modo, evitar mayores contagios en la comuna y en la región.
Junto con acoger a trámite el recurso de protección, el tribunal de alzada de Concepción otorgó orden de no innovar y suspendió los efectos de la resolución impugnada, aunque las iglesias evangélicas y católica de la zona habían asegurado que las actividades continuarán de manera online.

 

Vea texto íntegro del recurso y resolución Rol Nº9.692-2020.

 

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