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LyD.

«Derecho de propiedad, un pilar de la libertad amenazado por mociones parlamentarias», escribe Libertad y Desarrollo.

El documento sostiene que la medida y grado en que los derechos de propiedad son violados, determinan la medida y grado en que los esfuerzos de las personas, para adquirir la propiedad, se reducen y con ello, el bienestar social.

12 de mayo de 2020

En un reciente documento, LyD escribió sobre el derecho de propiedad, como un pilar de la libertad amenazado por algunas tendencias actuales en el congreso.
En el referido artículo, se indica que la literatura y la evidencia empírica sugieren que existe una fuerte correlación entre la debida protección de los derechos de propiedad y el desarrollo de las naciones. Los países que protegen de manera robusta los derechos de propiedad muestran mayores niveles de ingreso y desarrollo, es decir, un mayor bienestar de la sociedad.
Enseguida, el documento argumenta que, a pesar de la evidencia, hay quienes sostienen que los derechos de propiedad sólo se han erigido para proteger a quienes los detentan y que, en consecuencia, es preciso introducir cambios regulatorios para relativizar su resguardo. En este contexto, el trabajo complementa que la crisis sanitaria por el Covid-19 ha servido de excusa para quienes enarbolan esta línea argumental, y así sostener y fundamentar la presentación de una serie de mociones e indicaciones parlamentarias que vulneran el derecho de dominio y que, de aprobarse, hipotecarían el progreso futuro.
A continuación, los autores agregan que una sociedad libre tiene normas jurídicas sobre la posesión, control y transferencia de propiedad. La medida y grado en que los derechos de propiedad son violados determinan la medida y grado en que los esfuerzos de las personas, para adquirir la propiedad, se reducen y con ello, el bienestar social.
Seguidamente y, en relación lo anterior, los autores argumentan que la libertad genera prosperidad, desata el talento y la innovación humana, creando riqueza. La prosperidad de las sociedades libres se produce, en buena medida, gracias al intercambio voluntario entre sus miembros. El derecho de propiedad privada es un pilar fundamental de ese intercambio o flujo voluntario y un elemento esencial de la libertad.
Conforme a lo anterior, LyD concluye manifestando que una sociedad libre tiene normas jurídicas que resguardan el derecho de propiedad y regulan la posesión y transferencia del dominio. La medida y grado en que los derechos de propiedad son vulnerados determinan la medida y grado en que se reducen los esfuerzos de los sujetos para adquirir, conservar y generar riqueza a partir de la propiedad. El shock temporal por el que atravesamos no debe convertirse, por la vía de horadar la certeza jurídica y las libertades de las personas, en una oportunidad para que este problema transitorio se transforme en uno permanente. Para ello es esencial no perjudicar las bases y condiciones que permiten a una sociedad progresar, cuestión a la que se abocan estas equivocadas, populistas e inconstitucionales iniciativas.

 

Vea texto íntegro del documento.

 

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