Noticias

Preocupación respecto al secreto médico y a la vida privada.

Consejo Constitucional francés limita seguimiento y aislamiento de enfermos Covid-19 y de sus contactos. Junto con aprobar la ley que extiende el estado de emergencia sanitaria hasta el 10 de julio.

Por un lado, ya no se podrá aislar a las personas que entren en territorio nacional, sin la intervención de un juez. Por otro, el Consejo Constitucional puso límites al plan del Gobierno para rastrear, con las llamadas «brigadas sanitarias», a los futuros enfermos de Covid-19 y a sus contactos.

24 de mayo de 2020

Cuando fue adoptado el estado de emergencia sanitaria el pasado 23 de marzo en Francia, el Consejo Constitucional –cosa que algunos expertos critican- no se había pronunciado, pero ahora se recurrió a la institución garante de la Carta Magna para validar la prolongación de este estado de excepción que permite al ejecutivo gobernar por decretos.
En su dictamen los jueces censuraron dos aspectos importantes.
Por un lado, ya no se podrá aislar a las personas que entren en territorio nacional, sin la intervención de un juez. Por otro, el Consejo Constitucional puso límites al plan del Gobierno para rastrear, con las llamadas «brigadas sanitarias», a los futuros enfermos de Covid-19 y a sus contactos, sistema que ha suscitado preocupación respecto al secreto médico y a la vida privada.
Para los jueces constitucionales, si bien este sistema persigue el objetivo constitucional de protección de la salud, es necesario establecer ciertas restricciones, tales como, que los organismos de acompañamiento social, como por ejemplo los centros municipales de acción social, no tengan acceso a los datos médicos de las personas rastreadas sin el consentimiento de éstas. Asimismo, antes de usar dicha información, las autoridades tendrán que borrar los mails y números de teléfono asociados, además de nombres y direcciones. Finalmente, respecto de las medidas de «privación de libertades», como el aislamiento completo de los pacientes de Covid-19 que implica no poder salir de su domicilio o de algún lugar durante más de 12 horas por día, no se podrán adoptar sin el control de un juez de las libertades.

RELACIONADOS
*CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por personal retirado de FF.AA contra Presidente de la República para que condenados continúen cumpliendo penas en sus domicilios producto de COVID 19…
*Corte de Iquique rechaza protección de sindicato de fundación educacional por Covid-19…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *