Contienda negativa de competencia.
CS de Argentina se pronunció sobre una contienda de competencia a propósito del motín que tuvo lugar en el Complejo Penitenciario Federal de la ciudad de Buenos Aires.
El máximo Tribunal argentino adujo que, en consecuencia, corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 7 conocer en la causa que originó esta contienda.

La Corte Suprema argentina, se pronunció sobre una contienda de competencia a propósito del motín que tuvo lugar en el Complejo Penitenciario Federal de la ciudad de Buenos Aires.
Respecto a los hechos, la Corte Suprema trasandina conoció una contienda negativa de competencia que su suscitó entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 7 se refiere a la causa instruida con motivo del motín que tuvo lugar en el Complejo Penitenciario Federal de la ciudad de Buenos Aires el último 24 de abril.
Al respecto, el máximo Tribunal argentino sostuvo que la Corte ha mantenido en el tiempo el criterio de que, a pesar de su carácter nacional, no debe entenderse que en los establecimientos de la ciudad de Buenos Aires donde se alojen detenidos se cumplan funciones de específica naturaleza federal, razón por la cual los hechos de violencia en los que tomen parte los internos, ya sea como autores o víctimas, no suscitan la competencia de la justicia de excepción, solución que no sufre alteración en los casos en que el delito sea cometido por agentes del Servicio Penitenciario Federal.
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