Diario Constitucional

Recursos de casación rechazados. Hay voto en contra.

Ministerio Público es responsable civilmente por conductas injustificadamente erróneas o arbitrarias por obrar deficiente del Fiscal a cargo de investigación.

El actor fue querellado por el CDE imputándosele la comisión del delito de apropiación indebida, y agotada la investigación criminal, el Ministerio Público dedujo acusación a su respecto, adhiriéndose a ella el querellante, pero el TOP de La Serena dictó sentencia absolutoria en su favor.

Por Redacción·29 de mayo de 2020·2 min de lectura
Ministerio Público es responsable civilmente por conductas injustificadamente erróneas o arbitrarias por obrar deficiente del Fiscal a cargo de investigación.
Referencial

El CDE dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que revocó el fallo de primera instancia y acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual.

El actor fue querellado por el CDE imputándosele la comisión del delito de apropiación indebida, y agotada la investigación criminal, el Ministerio Público dedujo acusación a su respecto, adhiriéndose a ella el querellante, pero el TOP de La Serena dictó sentencia absolutoria en su favor.

La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, al concluir que no se configura responsabilidad por el actuar del Ministerio Público, al no haber obrado éste de manera injustificadamente errónea o arbitraria, decisión que fue revocada por el Tribunal de alzada, que concluyó que el órgano persecutor actuó de manera negligente en el desempeño de su labor investigativa, al omitir ciertas diligencias esenciales para el esclarecimiento de los hechos.

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