Noticias

En fallo unánime.

Corte de Iquique declara admisible protección por llegada de personas de otras regiones a cumplir cuarentena a la ciudad.

El Tribunal de alzada dio un plazo de 10 días a los recurridos para remitir informe sobre la materia. Además, rechazó la solicitud de dictar orden de no innovar.

3 de junio de 2020

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Iquique acogió a trámite el recurso de protección interpuesto en contra del ministro del Interior, Gonzalo Blumel; el intendente regional, Miguel Ángel Quezada; el jefe de la Defensa Nacional de la Región de Tarapacá, Guillermo Paiva, y del Presidente de la República, Sebastián Piñera, que busca impedir el arribo de personas desde otras regiones a la ciudad para cumplir cuarentena.
La resolución establece que, por interpuesto recurso de protección, pídase informe a las recurridas, don Gonzalo Blumel Mc-Iver, Ministro de Interior, don Miguel Ángel Quezada, Intendente Regional de Tarapacá, don Guillermo Paiva Hernández, Jefe de la Defensa Nacional de la Región de Tarapacá, y don Sebastián Piñera Echenique, Presidente de la República de Chile, los que deberán ser evacuados dentro del término de diez días, debiendo remitir conjuntamente todos los antecedentes necesarios al efecto, bajo apercibimiento de prescindirse de él y de aplicársele algunas de las medidas contempladas en el numeral 15 del Auto Acordado que regula la acción constitucional de protección, si así no lo hiciere.

 

Vea texto íntegro resolución Nº395-2020

 

RELACIONADOS
*CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por Alcalde de Lumaco contra Presidente de la República para que decrete cuarentena en la comuna…
*CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por particulares contra Ministro de Salud para que decrete cuarentena en Región de Los Ríos por COVID-19…

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *