En fallo unánime.
Corte de Copiapó rechaza protección de apoderados que pedían a colegio impartir clases virtuales.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción judicial, tras establecer que no se advierte ninguna actuación u omisión ilegal o arbitraria de la parte recurrida que afecte derechos amparables.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó hoy –martes 9 de junio– el recurso de protección interpuesto por un grupo de padres y apoderados de la Scuola Italiana Giuseppe Verdi de la ciudad, por la no realización de clases virtuales, en el marco de la emergencia sanitaria a causa del covid-19.
La sentencia indica que en cuanto al fondo de los recursos, esta Corte en primer término estima que no es posible dar por establecido que el recurrido haya realizado algún acto ilegal o arbitrario en la manera en que ha enfrentado la crisis sanitaria. Sobre el particular, resulta útil advertir que los recurrentes no han acompañado al proceso ningún antecedente que pueda entregar certeza al respecto y, por contrapartida, existe un pronunciamiento de la entidad administrativa competente, esto es, la Superintendencia de Educación, que expresamente por medio del ORD. 3DR N° 000138, concluyó que el colegio ha implementado un plan pedagógico idóneo, descartando toda contravención a la normativa educacional.
Resolución que agrega que de igual manera, conviene destacar que se está en un escenario de crisis al que todas las instituciones han debido ir adaptándose, por lo que resulta lógico que los esfuerzos realizados por el establecimiento hayan tenido que ajustarse en el tiempo. Con todo, de los profusos antecedentes acompañados a los autos, es posible advertir que ha existido una debida continuidad en el servicio de enseñanza dado por el recurrido, de manera tal que no existe una necesidad de tutela urgente que justifique que esta Corte pueda adoptar algún remedio en esta materia.
Te puede interesar

En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma resolución que ordenó entrega de copias de boleta de honorarios.

Recurso de casación rechazado.
Contribuyente efectivamente incurrió en gasto por remuneraciones que cuestionó servicio en liquidación reclamada y por monto señalado en declaración de renta.

Por unanimidad.
CS rechazó recurso de casación en el fondo contra sentencia que condenó a Clínica por negligencia por tratamiento de menor de edad.

