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Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Rusia debe reformar la legislación que automáticamente dispone a condenados a cadena perpetua a un estricto régimen de reclusión.

El denunciante es mantenido esposado y en confinamiento solitario.

9 de junio de 2020

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo de forma unánime en el caso de N.T. c. Rusia, que existió una violación al Artículo 3, que prohibe los tratos inhumanos o degradantes, de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El caso hace referencia a la denuncia realizada por un condenado a cadena perpetua, que señala, por ejemplo, la obligación de mantenerse esposado rutinariamente y varios otros aspectos de su régimen estricto de reclusión, el cual ha sido ejercido por años debido al simple hecho de estar cumpliendo cadena perpetua.
El Tribunal señala que el Gobierno ruso no justifica la prolongada aislación del denunciante, incluido su confinamiento en solitario, ni su porte obligatorio de esposas de forma rutinaria por más cinco años.
La situación del denunciante se ha visto agravada por el hecho de que ha estado confinado en su celda por algo más de 22 horas y media al día, sin alguna otra actividad para hacer, sea trabajo o educación, y el hecho de ser obligado a mover una pesada cubeta de aseo para vaciarla en el exterior, mientras se encontraba esposado.
A grandes rasgos, el tratamiento al denunciante es considerado por el Tribunal como causante de gran estrés y se ello se configura como un trato inhumano y degradante. Además, ha señalado que la violación de la Convención en este caso, a revelado un problema sistemático que afecta la vida de los condenados a cadena perpetua durante los primeros diez años de reclusión, y además, realizaron sugerencias sobre las medidas que se podrían usar para reformar dicho sistema.

Vea texto íntegro de la sentencia (en inglés) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, N.T. v. Rusia.

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