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Primer TER de Santiago deberá resolver reclamación contra elección de directorio de comunidad de Parceleros Santa Rosa de Lampa.

El reclamante señala que diversas personas enviaron su voto con copia a los correos de los demás integrantes de la Comunidad.

13 de junio de 2020

Se ha presentado ante el Primer Tribunal Electoral Regional de Santiago, una reclamación de nulidad contra la elección del Directorio de la Comunidad de Parceleros Santa Rosa de Lampa.

El reclamante señala que la Asamblea en la que se decidió convocar a la referida elección se llevó a cabo con irregularidades que la hacen inválida, por incumplimiento de requisitos estatutarios en cuanto a su convocatoria y a su constitución, asimismo por la forma en que se tomaron los acuerdos. Enseguida, aduce que la Comisión Electoral designada no cumple con los requisitos legales ni estatutarios. En tercer lugar, señala que los postulantes al Directorio no cumplen con los requisitos del artículo 20 de la Ley N° 19.418; en específico alega que para postular al directorio de una organización comunitaria se necesita tener un año de antigüedad como miembro de la organización, lo que no se cumple en la mayor parte de los postulantes que se presentaron a la elección cuya nulidad se solicita, lo que se puede verificar cotejando la lista de los postulantes con la copia protocolizada del Libro de Socios. De los 10 postulantes, sólo 2 de ellos se encuentran inscritos en el referido Libro. Por último, argumenta que se presentan una serie de infracciones en la forma en que se llevó a cabo la elección, a saber, por correo electrónico, infringiéndose la garantía del secreto del voto; sin constar la identidad de todos los votantes concurrentes; se omitió el escrutinio público de los votos, entre otras.

Sobre el último punto referido anteriormente, señala que diversas personas enviaron su voto con copia a los correos de los demás integrantes de la Comunidad, de moto tal, que no sólo se enteraron del contenido del voto la Comisión Electoral, sino que todas las personas que vieron los correos electrónicos. Igualmente, señala que no todos los votos emitidos por personas pudieron ser identificados por la Comisión Electoral, mediante alguna forma legal de acreditar la identidad, como lo es la exhibición de la cédula de identidad; entre otras descripciones de hecho que serían infracciones.

De esta manera, la reclamación concluye señalando que de los antecedentes expuestos resulta evidente que la elección llevada a cabo en la Comunidad de Parceleros de Santa Rosa de Lampa se hizo infringiendo numerosas normas legales y reglamentarias, por lo que estaría afectada por graves vicios de nulidad, desde la convocatoria de la Asamblea en que se decidió llevar a cabo la referida elección hasta el momento del escrutinio de los votos, vicios que justificarían absolutamente que se declare nula.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 7704-2020.

 

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