Moción.
Multas de 10 hasta 200 UTM para quienes obliguen a trabajar a sus trabajadores cuando estén en cuarentena o aislamiento sanitario.
La Comisión de Constitución del Senado aprobó una disposición en ese sentido, en el marco del proyecto que busca sancionar a quienes no cumplan con las medidas preventivas en caso de epidemias o pandemia.

Este lunes la Comisión de Constitución del Senado continuará con el estudio en particular del proyecto que modifica el Código Penal para sancionar el incumpliento de la cuarentena u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia y se espera que en dicha sesión, se definan las sanciones para quienes organicen eventos públicos en estos casos.
Ese es uno de los pocos temas que aún falta por definir, puesto que la Comisión ya aprobó varias disposiciones para sancionar a quienes no respeten la cuarentena o medidas sanitarias, estableciendo hasta 3 años de cárcel y una multa de hasta 200 UTM para los infractores.
De esta manera, se contempla un techo más alto de la sanción, pues antes se consideraba una pena de presidio mayor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y ahora se aumentó hasta 3 años.
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