Noticias

Conflicto entre grandes farmacéuticas.

TJUE señala que las compañías farmacéuticas no pueden distribuir gratuitamente a los farmacéuticos muestras de medicamentos dispensados únicamente con receta médica.

En cambio no se prohíbe la distribución gratuita a los farmacéuticos de muestras de medicamentos de venta libre.

15 de junio de 2020

La compañía farmacéutica Novartis fabrica un gel analgésico que contiene la sustancia activa diclofenaco, el medicamento Voltaren Schmerzgel, por lo que solicitó a los tribunales alemanes que prohíban al fabricante de genéricos Ratiopharm distribuir a los farmacéuticos muestras gratuitas del medicamento Diclo-ratiopharm-Schmerzgel, que también contiene diclofenaco. Novartis considera que esa distribución es contraria a la Ley alemana sobre medicamentos, en la cual se menciona a los médicos, pero no a los farmacéuticos, entre aquellos a quienes pueden distribuirse muestras gratuitas de medicamentos. En su opinión, la distribución en cuestión se asemeja así a una entrega de regalos publicitarios, prohibida por la Ley.
El Tribunal Supremo de lo Civil y de lo Penal de Alemania solicita al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que interprete el Código comunitario sobre medicamentos para uso humano sobre esta cuestión, pues desea saber si ese código autoriza a las compañías farmacéuticas a distribuir gratuitamente muestras de medicamentos a los farmacéuticos. Mediante su sentencia, el Tribunal de Justicia resuelve que el Código no autoriza a las compañías farmacéuticas a distribuir gratuitamente a los farmacéuticos muestras de medicamentos dispensados únicamente con receta médica. En cambio, el Código no prohíbe la distribución gratuita a los farmacéuticos de muestras de medicamentos no sujetos a receta.
Según el Tribunal de Justicia, el Código debe interpretarse en el sentido de que únicamente las personas facultadas para prescribir medicamentos sujetos a receta médica, en este caso, los médico, tienen derecho a recibir muestras gratuitas de esos medicamentos, lo que excluye a los farmacéuticos. En efecto, esos medicamentos no pueden utilizarse sin control médico, habida cuenta del peligro que presenta su uso o de la incertidumbre sobre sus efectos. No obstante, el Código no priva a los farmacéuticos, en el marco del Derecho nacional, de la posibilidad de recibir muestras gratuitas de medicamentos no sujetos a receta, para que puedan familiarizarse con los nuevos medicamentos y adquirir experiencia respecto de su utilización.
La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio, pero dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.

Vea texto íntegro de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, causa C?786/18.

RELACIONADOS
* Se propone al TJUE que confirme la multa de casi 94 millones de euros impuesta al grupo farmacéutico Lundbeck por su participación en un cártel…
* Estados Unidos: Compañía de fármacos genéricos admite fijación de precios de popular medicamento para el colesterol…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *