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Eutanasia.

Corte de Protección del Reino Unido determina que retiro de soporte vital protegió los intereses del paciente y respetó su autonomía.

En consideración que se ha demostrado que el paciente ha señalado que no deseaba vivir bajo las circunstancias en las que se encuentra.

18 de junio de 2020

La Corte de Protección del Reino Unido determinó que retirar el soporte vital de un paciente tiene por objeto proteger sus intereses expresados estando consciente y respeta su autonomía.

La decisión de la Corte incide en una cuestión de protección presentada por la “Barnsley Hospital NHS Fundation Trust” en la que se solicita al tribunal establece si la institución debe continuar en la entrega de soporte y tratamiento de cuidados intensivos o cesar todo tratamiento, exceptuando todo aquel cuidado paliativo. En la presentación se describe que el paciente es un hombre de 34 años que ha tenido severos problemas gastrointestinales por aproximadamente 10 años, necesitando para su sobrevivencia numerosas cirugías invasivas. Al momento de la vista de la causa, se encontraba inconsciente y conectado a una máquina de respiración asistida, consecuencia de la última operación a la que fue sometido, que derivó en su actual estado y que lo mantiene conectado a una bolsa de ostomía.

En la sentencia, la Corte hace presente que el paciente expresó en vida que odiaba completamente la idea de vivir con una bolsa de ostomía. Por su parte, a inicios del 2020 habría redactado un “Advance Directive”, un documento que, entre otras cosas, incluye un poder que nombra a un representante legal por incompetencia o incapacidad de tomar decisiones del suscrito. Incluso, destaca el juez, en el referido documento habría incluido una detallada lista de música que debía ser reproducida de caer en un estado de coma; todo ello, en cuanto permite realmente conocer al tribunal la gran dedicación y reflexión que el paciente habría dado a la redacción del documento.

En consecuencia, señala el laudo, la cuestión deducida gira en torno a los deseos expresamente conocidos del individuo incapaz, por lo que se requiere que sean interpretados, no sólo en los contextos en los cuales fueron expresados, sino también en consideración de la forma en la que dirigió su vida, su personalidad y sus creencias. Así, de un estudio de los antecedentes la Corte concluye que el paciente encarecidamente insistió, en su momento, no querer vivir con una bolsa de ostomía, o como habría referido en el “Advance Directive”, con un constante tratamiento médico que le limita la posibilidad de vivir completamente independiente, ya sea a largo plazo o de forme definitiva. En los mismos términos, dejó claro que rechazaba cualquier tratamiento médico que artificialmente prolongara su existencia. Todo lo anterior, representa un clara y elocuente expresión de la voluntad y creencia de la persona.

Finalmente, la Corte de Protección señala que, en el ejercicio de la autonomía personal de la persona, el paciente se encontraba plenamente capaz de tomar la decisión de rechazar cualquier tratamiento médico, procedimiento o intervención que artificialmente prolongara su vida; en virtud de la cual el juez está obligado a respetar. Ello, en consideración que se ha demostrado que el paciente ha señalado que no deseaba vivir bajo las circunstancias en las que se encuentra. Realmente, no se trata de elegir morir, sino que se trata de la capacidad de un adulto de determinar el final de su vida. Esto es, termina indicando el fallo, un importante aspecto de la autonomía personal, que debe ser resguardada celosamente tanto respecto de los incapaces como de los capaces.

Vea texto íntegro de la Opinión EWCOP 26 [2020]

 

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