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Femicidio.

Supremo Tribunal Federal de Brasil rechaza habeas corpus en favor de abogado que es acusado de matar a su esposa en Campinas.

Se solicitó dejar sin efecto la detención preventiva, bajo el argumento que el imputado tiene asma y rinitis alérgica, por lo que se solicitó la sustitución de dicha medida cautelar por la detención domiciliaria.

18 de junio de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil rechazó habeas corpus en favor de abogado que es acusado de matar a su esposa en Campinas.
Respectos a los hechos, consta que el imputado fue arrestado preventivamente en Campinas (SP) por el cargo de matar a su novia en octubre 2019. En este sentido, con la afirmación de que tiene asma y rinitis alérgica, la defensa pidió la sustitución de la detención preventiva por la detención domiciliaria o el traslado a una clínica privada debido a la pandemia de Covid-19.
Seguidamente, cabe resaltar que su detención preventiva se basó en el hecho de que, después del asesinato, una pistola de calibre 380 y una navaja fueron confiscadas con el abogado. También se encontraron siete armas más en su residencia. Según el testimonio del hermano de la víctima, el abogado solía portar un arma de fuego.
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil recordó que el Plenario del STF rechazó una solicitud de libertad condicional para presos mayores de 60 años o con enfermedades respiratorias como una forma de prevenir la propagación enfermedad en el sistema penitenciario. En ese momento, se decidió que el Poder Judicial debía seguir las recomendaciones sobre el tema emitidas por el Consejo Nacional de Justicia (Ordenanza 62/2020) y por una ordenanza conjunta de los Ministerios de Salud y Justicia y Seguridad Pública.
Finalmente, el STF también recordó que la cuestión del mérito aún no ha sido examinada por este Tribunal, ni ha habido ninguna declaración previa de los otros niveles inferiores. Por lo tanto, la evaluación de la solicitud de defensa implicaría la supresión de una instancia, que no está permitida por la jurisprudencia del STF. Con este razonamiento, se negó el seguimiento del hábeas corpus y ordenó que el caso se enviara al juez de origen para que, teniendo en cuenta las peculiaridades del caso específico, reevalúe la detención preventiva de acuerdo con la Recomendación 62/2020 del CNJ.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

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