Con suspensión.
TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma que regula efectos de no pago de patente en una propiedad minera.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Silva Gallinato, quien estuvo por declarar la inadmisibilidad del requerimiento, en virtud de la causal prevista en el artículo 84, numeral 3°, de la LOCTC.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugna el artículo 127 del Código de Minería de 1932, hoy derogado por el artículo 244 del Código de Minería de 1983.
El precepto impugnado establece: “Si por cualquiera causa no se hubiere cumplido con las disposiciones anteriores y se dejare de pagar dos patentes consecutivas, caducará irrevocablemente la propiedad minera, por el sólo ministerio de la ley, entendiéndose que cesan, desde ese momento, los efectos de todas las inscripciones vigentes. Esta caducidad se producirá a las doce de la noche del 31 de Marzo del año en que se incurra en la mora del segundo pago. Cualquier interesado podrá pedir que se ordene la cancelación de las inscripciones correspondientes”.
La gestión pendiente incide en juicio ordinario, en que la requirente persigue de Aguas Andinas la declaración de una indemnización de perjuicios extracontractuales por daño emergente, ya que en el año 20123 construyó un acueducto entre el embalse El Yeso y el dren de Los Azulillos, que pasaría por varias pertenencias mineras de propiedad de SLM Los Piches, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en la forma y en el fondo.
Temas
Te puede interesar

Por unanimidad.
Consejo para la Transparencia acogió amparo y ordenó a la Subsecretaría del Interior entregar información sobre Sistema de Extranjería.

Primera Sala.
TC deberá pronunciarse sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma del CPC que restringiría la participación de un tercero en juicio ejecutivo contra Inmobiliaria.

Admite a trámite.
Segunda Sala del TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas relativas a personal de Fábricas y Maestranzas del Ejército que excluye a empleados civiles de dicha institución de normas del Código del Trabajo.

