No afecta la libertad de expresión.
Tribunal Europeo de DDHH declara inadmisible reclamo contra Islandia por condenar discurso de odio.
El denunciante había sido condenado por comentarios contra la comunidad LGTB+.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo de forma unánime y final, la inadmisibilidad de la solicitud del caso Carl Jóhann Lilliendahl c. Islandia.
El caso expuesto dice relación con la condena aplicada al denunciante, que habría realizado comentarios homofóbicos en un artículo publicado online.
El Tribunal declaró que los comentarios realizados por el denunciante configuraban discurso de odio acorde a la jurisprudencia islandesa. De esta forma, aceptó lo señalado por la Corte Suprema de Islandia, que calificó los comentarios como “serios, inmensamente dañinos y perjudiciales”. La decisión administrativa que originalmente habría iniciado el debate, dicen relación con el fortalecimiento de la educación sobre temáticas LGTB+, no justificaba una reacción tan grave.
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