Control de Constitucionalidad
TC declaró constitucionalidad de Proyecto de Ley que establece roaming automático nacional.
La Magistratura Constitucional adujo que, lo que se ha sometido a control preventivo, es una nueva materia que debe someterse a arbitraje forzoso que se sustrae del conocimiento de la judicatura ordinaria.

El Tribunal Constitucional declaró que el proyecto de ley que establece roaming automático nacional, correspondiente a los Boletines refundidos N°s 12.558-15 y 12.828-15, es conforme con la Constitución Política.
El proyecto, en esencia, busca asegurar el acceso comunicacional a todo el país sin que se generen costos adicionales para el cliente. En consecuencia, se establece la obligación a las compañías de telecomunicaciones de permitir el uso de sus redes para alcanzar la debida conectividad.
En específico, la disposición del proyecto de ley que ha sido sometida a control de constitucionalidad, es el artículo único, que agrega un artículo 26 bis, incisos sexto y séptimo a la Ley N° 18.618, General de Telecomunicaciones. En lo que interesa al control preventivo, la disposición establece la figura de un árbitro arbitrador para resolver las controversias que se susciten entre las partes en el proceso de negociación, implementación o ejecución del contrato para la operación móvil virtual y de roaming automático, establecido de conformidad al proyecto de ley en examen.
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