En fallo unánime.
Corte de La Serena declara inadmisible protección presentada por concejal por reapertura de centro comercial.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción judicial, tras establecer que en ella no individualiza por quienes se recurre

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena declaró inadmisible el recurso de protección presentado por el concejal de la comuna de Coquimbo Fernando Reyes Viveros, en contra de la empresa Vivocorp SpA (Mall Vivo), que solicitaba el cierre del centro comercial emplazado en la comuna que reabrió sus puertas el 19 de junio recién pasado.
La sentencia indica que se menciona en el recurso que la restricción de funcionamiento que solicita, vía protección, se hace necesaria, según refiere textualmente ‘para resguardar la vida y la integridad física y psíquica de los habitantes de la Región', sin precisión alguna respecto de la identidad de dichas personas y a favor de las cuales se recurre, todo lo cual impide colegir si los hechos contenidos en la acción podrían constituir vulneración a las garantías constitucionales invocadas.
Por tanto, se resuelve que se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido en contra de Vivocorp SPA.
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