En fallo dividido.
CS acoge recurso de queja y anula sanción a concejales de San Pablo, Región de Los Lagos.
El máximo Tribunal estableció falta o abuso de la parte recurrida, al reprochar a los ediles la firma de un contrato válido legalmente y que no ha sido impugnado por vías legales.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado por concejales de la comuna de San Pablo, Región de Los Lagos, en contra del Tribunal de Cuentas de Segunda Instancia de la Contraloría General de la República, que los sancionó por aprobar transacción judicial en un juicio de funcionarios municipales.
La sentencia indica que, contrastando los hechos descritos en el considerando sexto precedente con las disposiciones transcritas en el motivo anterior, queda de manifiesto que el egreso ilegal que se pretende reparar supuso la previa consolidación de dos actos diversos: (i) El contrato de transacción celebrado por el Alcalde de San Pablo, previa aprobación por el Concejo Municipal integrado por los quejosos; y, (ii) la resolución judicial que lo tuvo por aprobado.
La resolución agrega que relacionado con lo anterior, ha de recordarse que el artículo 2460 del Código Civil ordena: ‘La transacción produce el efecto de cosa juzgada en última instancia; pero podrá impetrarse la declaración de nulidad o la rescisión, en conformidad a los artículos precedentes’.
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