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Subsistema de Salud Indígena.

Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que el gobierno federal deberá adopta medidas para contener el avance del Covid-19 entre los pueblos indígenas.

La decisión se tomó en la acción presentada por la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil y seis partidos políticos, en la que se señaló la omisión del gobierno federal en la lucha contra Covid-19 entre los pueblos indígenas.

9 de julio de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil determinó que el gobierno federal adopta una serie de medidas para contener el contagio y la mortalidad de Covid-19 entre la población indígena.
Respecto a los hechos, consta que la decisión se tomó en la acción presentada por la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) y seis partidos políticos (PSB, PSOL, PCdoB, Rede, PT, PDT), en los que se alega la omisión del gobierno federal en la lucha contra Covid-19 entre los pueblos indígenas.
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil explicó que, entre las medidas más relevantes, se debe planificar con la participación de las comunidades, acciones para contener a los invasores en las reservas y la creación de barreras sanitarias en el caso de los pueblos indígenas aislados (aquellos que por su propia elección decidieron no tener contacto con la sociedad) o contactos recientes (aquellos que poseen una pobre comprensión del idioma y las costumbres), el acceso de todos los pueblos indígenas al Subsistema de Salud Indígena y el desarrollo de un plan para confrontar y monitorear a Covid-19.
En este sentido, el STF informó que intentó actuar, en este caso, como un facilitador de decisiones y medidas que idealmente deberían involucrar diálogos con el Poder Público y con los pueblos indígenas, sin descuidar, sin embargo, los principios de precaución y prevención
Enseguida, la sentencia manifestó que la falta de provisión de salud a través del Subsistema de Salud Indígena para las personas que viven en tierras no aprobadas es inaceptable. Agregó que la identidad de un grupo como pueblo indígena es, en primer lugar, un tema sujeto al auto reconocimiento por parte de los miembros del grupo mismo, que no depende de la homologación del derecho a la tierra.
Finalmente, el alto Tribunal citó la existencia del Plan Nacional de Contingencia para la Infección Humana con el Nuevo Coronavirus en los Pueblos Indígenas, pero enfatizó que es un "vago" plan que expresa meras pautas generales y no proporciona medidas concretas, cronograma o definición de responsabilidades. Además, recalca que el plan no contó con la participación de las comunidades indígenas.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

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