Noticias

En fallo unánime.

Corte de Punta Arenas rechaza protección de afiliada contra AFP que negó devolución de ahorros previsionales de su cuenta de capitalización individual.

El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción cautelar, tras establecer que la recurrida no incurrió en ilegalidad o arbitrariedad al denegar la devolución de los fondos que, por mandato legal, administra para el pago de pensiones, según el sistema de seguridad social chileno.

11 de julio de 2020

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la AFP Hábitat, por afiliada que solicitó la devolución de la totalidad de los ahorros de su cuenta de capitalización individual.
La sentencia indica que, en concordancia con lo expuesto, el derecho de propiedad que se invoca como afectado por la actora, no se contrapone con el derecho a la seguridad social, cuya consagración constitucional se encuentra en el artículo 19 N° 18 de la Constitución Política del Estado, por lo cual la legislación previsional contenida en el referido Decreto Ley 3500 y demás leyes aplicables, encuentra el respaldo antes indicado, lo cual le confiere la suficiente solidez y consistencia para la regulación del régimen de pensiones en el sistema de seguridad social chileno.
La resolución agrega que, la institución recurrida, al negarse a devolver la totalidad de los ahorros previsionales a la recurrente afiliada, no ha actuado de manera ilegal ni arbitraria, ya que su actuación se enmarca dentro del mandato legal de administrar y otorgar los fondos de pensiones, siendo lo pedido por la recurrente una petición improcedente de conformidad al sistema previsional que rige en nuestro país, siendo la administración de dichos fondos una labor exclusiva y entregada por ley a las administradoras de fondos de pensiones, montos que se otorgan de manera periódica a los afiliados y en las modalidades que la misma ley indica, sin que lo pedido por la recurrente sea una alternativa, motivos por los cuales el recurso interpuesto no podrá prosperar.
Añade que, de esta manera y por los motivos anteriores, no se advierte arbitrariedad o ilegalidad en el actuar de la recurrida, por lo que en la especie es posible concluir que no se reúne la exigencia contenida en la letra b) del considerando segundo, motivo por el cual el presente recurso deberá ser desestimado.
Concluye que, por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, se rechaza el recurso de protección presentado en contra de la Administradora de Fondo de Pensión Habitat S.A.

 

 Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº775-2019

 

RELACIONADOS
*CS confirma fallo que rechazó protección presentada por dos cotizantes en contra de AFP que denegó retiro total de ahorro previsional…
*CS confirmó sentencia que rechazó protección de particular contra AFP por el retiro de sus fondos previsionales…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *