En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago acoge protección por cobros excesivos de consumo eléctrico y ordenó reparar medidor domiciliario y refacturar.
El Tribunal de alzada consideró arbitraria e ilegal la decisión adoptada por la compañía que, tras ser notificada de la falla detectada, procedió a cortar el suministro al domicilio del recurrente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la empresa Enel Distribución Chile S.A. y le ordenó reparar medidor de consumo domiciliario y refacturar los cobros excesivos denunciados.
La sentencia indica que, conforme ya lo determinó la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que, se produjo una intervención del medidor así como un cobro excesivo de los consumos por suministros eléctricos, de modo que, existe un acto ilegal de parte de ENEL DISTRIBUCIÓN CHILE S.A y, arbitrario, porque careció de justificación, no obstante que se puso en conocimiento de ésta, y porque además ante el no pago de los mismos, se procedió al corte del suministro eléctrico.
La resolución agrega que esta Corte llega a la convicción que se han producido las vulneraciones denunciadas, ya que la actuación de la recurrida ha atentado en contra de la integridad psíquica del recurrente desde que se le ha dejado de proporcionarle su suministro eléctrico así como su derecho de propiedad al exigírsele el pago de una sumas que legalmente no le corresponde pagar.
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