Noticias

JPL.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que impide presentar recurso de casación en la forma en juicios de Policía Local, lo que infringiría garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en el fondo, seguido ante la Corte Suprema.

24 de julio de 2020

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 38 de la Ley N° 18.287.
El precepto impugnado establece, en síntesis, que no procederá el recurso de casación en los juicios de Policía Local.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en el fondo, seguido ante la Corte Suprema, en los que se presentó una querella infraccional y demanda civil en contra de la requirente por daños ocasionado en el vehículo de la denunciante.
La requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso, toda vez que, constituye una diferencia arbitraria que el legislador excluya de plano y sin justificación válida la procedencia del recurso de casación tratándose de juicios tramitados ante un Juez de Policía Local, por el simple hecho de tramitarse en esa sede. De esta manera, agrega que No hay razón alguna para privar a las personas que son parte en los procedimientos seguidos ante los Juzgados de Policía Local, de medios de impugnación como es la casación en el fondo. A lo anterior, explica que se cercena e impide a la Corte Suprema hacer uso de la facultad que le confiere el Art. 775 del Código de Procedimiento Civil, esto es, casar en la forma de oficio o en el fondo también de oficio.
La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 8989-20.     

 

RELACIONADO
* TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma del CPC que restringe recurso de casación en la forma, lo que vulneraría la igualdad ante la ley y el debido proceso…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *