Disminución de garantías.
CIDH manifiesta su preocupación por restricción de derechos de las personas migrantes y refugiadas en Estados Unidos, frente a la pandemia del COVID-19.
La Comisión advierte sobre decisiones y prácticas del Poder Ejecutivo que cuestionan la validez de legislación, jurisprudencia o tienen como objetivo cambiar políticas públicas dirigidas a la protección de las personas migrantes refugiadas y otras personas con necesidad de protección.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) observa con especial preocupación que en el contexto de la pandemia del COVID-19, las personas en situación de movilidad humana (refugiadas, solicitantes de asilo, personas apátridas y otras) en Estados Unidos se enfrentarían a una seria restricción de derechos y disminución de garantías. En este sentido, la Comisión urge al Estado a adecuar sus medidas de protección ante la pandemia a fin de garantizar el acceso efectivo a los procedimientos y procesos de protección, de conformidad con los estándares de derechos humanos de todas las personas en situación de movilidad humana.
La CIDH observa que la continuidad y los efectos combinados de políticas adoptadas previamente como los Protocolos de Protección Migratoria (MPP, por sus siglas en inglés), sumados a la utilización de los poderes especiales derivados de la Orden de Suspensión de la Introducción de Personas en los Estados Unidos emitida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedad (CDC, por sus siglas en inglés) en respuesta a la pandemia de COVID-19, han dificultado aún más el acceso por parte de solicitantes de asilo y otras personas en movilidad humana que requieran de protección a procesos legales de protección que responden al cumplimiento de las obligaciones internacionales de Estados Unidos y de su propia normativa en la materia, situación que resultaría en riesgo para la protección integral de los derechos humanos de esta población.
En este contexto, la CIDH advierte sobre decisiones y prácticas del Poder Ejecutivo que cuestionan la validez de legislación, jurisprudencia o tienen como objetivo cambiar políticas públicas dirigidas a la protección de las personas migrantes refugiadas y otras personas con necesidad de protección. Entre ellas, destacan las acciones para interrumpir el Programa de Acción Diferida para los Llegados al país en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés), la publicación de nuevas reglas propuestas que permiten expulsiones aceleradas y obstaculizan los procesos de evaluación sobre el temor creíble de persecución o tortura bajo procedimientos de asilo, así como los esfuerzos para abandonar la aplicación del llamado Acuerdo Flores sobre el tratamiento de niñas y niños migrantes.
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