Disputa entre socios.
CS confirmó inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra de Jueza de Juzgado de Letras de Puerto Varas.
No se mencionan antecedentes que den indicios de alguna vulneración en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que declaró inadmisible la acción de protección deducida en contra de la Jueza Titular del 1° Juzgado de Letras de Puerto Varas por continuar tramitando un cuaderno accesorio en un procedimiento concluido por sentencia firme y ejecutoriada.
La actora sostuvo que uno de los socios de la sociedad inició un proceso judicial en contra del otro en el que ella no es parte, sin perjuicio de que al ser parte de la sociedad le afecta lo resuelto en esos autos. Explica que el proceso concluyó por sentencia firme y ejecutoriada, pese a ello, la recurrida continúa dando curso a un cuaderno accesorio de medida precautoria, careciendo de jurisdicción e imperio para ello. Añade que el demandado dio cabal cumplimiento a la obligación de rendir cuenta, ordenada por la sentencia dictada en el proceso, sin embargo, la recurrida no ordenó alzar la medida precautoria solicitada y en lugar de ello se declaró incompetente. Estima vulnerada las garantías consagradas en los N°s 4 y 24 del artículo 19 de la Carta Magna.
La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso, por estimar que no se mencionan antecedentes que den indicios de alguna vulneración en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparadas por esta vía, pues los hechos que refiere la actora dicen relación con un proceso judicial entre los socios que conforman la sociedad Quantum Research Ltda., no resultando ser ésta la vía jurisdiccional idónea para obtener lo solicitado.
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