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Retiro de fondos.

CS confirma inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra de AFP por rechazar solicitud de retiro de fondos previsionales.

Peticiones exceden las materias que deben ser conocidas por la acción de protección.

12 de agosto de 2020

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por una pensionada en contra de la AFP Cuprum por rechazar la solicitud de retiro de sus fondos previsionales.

La recurrente expuso en su líbelo que solicitó el retiro de sus fondos para solventar su tratamiento médico, pues padece cáncer GIST en etapa IV, tratado en el Hospital Sotero del Río con cuidados paliativos desde el año 2018, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud. Agrega que por no pertenecer al 60% más vulnerable de la población no recibe recursos del Estado, por lo que debe costear personalmente su tratamiento médico. Estima que el rechazo de la AFP vulneró su derecho de propiedad sobre los fondos, pues no le permite usar, gozar y disponer de ellos a su arbitrario, imponiéndole una limitación prohibida por la ley, lo que afecta además su integridad física y psíquica y pone en peligro su vida.

La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso, por estimar que los hechos fundantes de la acción y las peticiones formuladas exceden las materias que deben ser conocidas mediante la acción de protección. La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Miguel Vásquez, quien fue del parecer de acoger a trámite la acción deducida, teniendo para ello presente que en la presentación se mencionan hechos que eventualmente pueden constituir vulneración a las garantías constitucionales denunciadas.

La Corte Suprema confirmó la sentencia en alzada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 79.515-2020Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 52.832-2020.

 

 

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