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CS confirma inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra del Ministro de Salud por expulsar a paciente con Covid positivo de residencia sanitaria.

El actor denuncia que fue expulsado arbitrariamente por funcionarios de Carabineros.

12 de agosto de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que declaró inadmisible la acción de protección deducida por un paciente con Covid 19 positivo en contra del Ministro de Salud.

El recurrente expuso en su líbelo que fue trasladado a una residencia sanitaria por no contar con las condiciones mínimas para para cumplir la cuarentena en su domicilio. Añade que los funcionarios a cargo mantenían en malas condiciones a los residentes, pues no suministraban agua y fruta, elementos necesarios para apaciguar las molestias causadas por el virus. Explica que al solicitar la entrega de los alimentos los funcionarios lo expulsaron arbitrariamente del recinto, sin considerar que el actor aún presentaba síntomas de la enfermedad y que el retorno a su domicilio pone en peligro tanto a su familia, como a la salud pública. Señala que el actuar de los funcionarios atenta contra la garantía consagrada en el N°9 del artículo 19 de la Constitución, pues no fue reubicado en otra residencia sanitaria, lo que obstaculiza su óptima recuperación.

La Corte de San Miguel declaró inadmisible el recurso, por estimar que los hechos fundantes de la acción no constituyen una vulneración a las garantías constitucionales resguardadas por el artículo 20 de la Constitución.

La Corte Suprema confirmó la sentencia en alzada.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº90.626-2020 y de la Corte de Apelaciones de San Miguel Rol Nº7.284-2020.

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