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CS confirmó fallo que declaró inadmisible amparo en contra de SEREMI que decretó restricción vehicular por el coronavirus.

El recurrente considera vulnerado su derecho a la seguridad individual por riesgo de contagio.

12 de agosto de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica que declaró inadmisible recurso de amparo deducido por empresario en contra de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de Arica. El amparado señala que SEREMI dictó una prohibición de circulación de todo vehículo motorizado de dos o más ruedas en el radio urbano de la ciudad de Arica entre las 09:00 y 19:00 horas y durante las 24 horas el día sábado y domingo, a fin de limitar los traslados innecesarios en cumplimiento de la normativa sanitaria. Alega que resolución dictada afecta gravemente su seguridad individual, ya que por su trabajo debe salir, obligándolo a exponerse innecesariamente al uso del transporte colectivo con otras personas y así aumentando el riesgo de contagio del coronavirus.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Arica declaró inadmisible el recurso, señalando que lo alegado no dice relación con la vulneración de la libertad ambulatoria, sino de una decisión de la administración, pronunciada en el ejercicio de sus facultades, que obedece a una disposición motivada por la contingencia sanitaria que vive la ciudad y el país, por lo que no se vislumbra cómo la medida pueda afectar la seguridad individual del amparado.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo por unanimidad, con prevención del Ministro Llanos quién tuvo presente que los hechos denunciados manifiestamente no son de aquellos previstos por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la procedencia de la acción de amparo.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 90.800-2020 y de la Corte de Apelaciones de Arica Rol Amparo 202-2020.

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