Mujer fue atacada con ácido.
Tribunal Europeo de DDHH señala que Albania es responsable al no investigar más profundamente ataque contra mujer.
El Tribunal señala que la violencia de género requiere mayor preocupación de los Estados.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo de forma unánime en el caso Tërshana v. Albania, que no existió una violación al Artículo 2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, en relación al derecho a la vida de la denunciante directamente, pero si en relación a los procedimientos para investigar el delito cometido.
El caso expuesto dice relación con el ataque de ácido que sufrió la denunciante el año 2009. Ella sospechaba que su ex cónyuge estaba detrás del atentado, a quién había acusado por violencia intrafamiliar en el pasado.
El Tribunal señala en su sentencia que Albania no puede ser considera responsable del ataque; pero que de haber tenido conocimiento del riesgo a la que se encontraba expuesta la víctima, si hubiera sido su responsabilidad el tomar las medidas cautelares a su favor. Sin embargo, en el presente caso las autoridades solo tuvieron conocimiento del riesgo una vez consumado el ataque.
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